Es un espacio subterráneo pero no exento de problemas terrenales. Y es que los garajes de comunidades de propietarios son un foco de conflicto para muchos vecinos por diferentes causas: desde la extralimitación de los límites de la plaza hasta la ocupación indebida de aparcamientos. El principal problema es que el estacionamiento irregular de vehículos cuenta con una regulación que la mayoría desconoce pero que la Ley de Propiedad Horizontal impone igualmente.
Suele ocurrir que algunos coches sobresalen del espacio habilitado para aparcar, especialmente en parkings antiguos. Una incidencia aparentemente inocente pero que puede causar molestias al resto de usuarios. Y que, además, constituye una infracción. Se pueden añadir otras situaciones como la inclusión de la moto en la misma plaza, el aparcamiento de más vehículos que el autorizado o incluso la apropiación de una plaza ajena.
Respecto a la normativa que se aplica, el uso del garaje de una Comunidad está sujeto al art. 394 del Código Civil que establece la necesidad de servirse de las cosas comunes sin perjuicio de terceros o de la comunidad. Así pues, en principio cada propietario debe estacionar un solo vehículo en su plaza sin exceder el espacio destinado a ello. Sin embargo, a menudo se producen irregularidades…Veamos qué responsabilidades pueden exigirse…
➡ Aunque la ley no disponga nada concreto respecto al estacionamiento de un vehículo y una moto en la misma plaza, puede que los Estatutos comunitarios sí lo hagan. Pero de no existir regulación alguna es necesario comunicar a la compañía aseguradora que se va a realizar un doble uso de la plaza para que, en caso de siniestro, ofrezcan cobertura.
➡ Si se invade otra plaza con un vehículo, el que ocupa un espacio que no le pertenece asume una responsabilidad exigible legalmente por la otra parte, a menos que exista un acuerdo previo. De la misma forma, para aparcar uno o más vehículos invadiendo zonas comunes es necesaria la aprobación unánime de la Comunidad. Pero si se ocupa una plaza privativa ajena sin consentimiento, la persona afectada puede realizar una denuncia por vía penal aunque el coche no pueda ser retirado sin una orden judicial previa.
El procedimiento, ante cualquier uso irregular del garaje comunitario comienza por convocar una Junta donde tratar la adopción de medidas legales para posteriormente comunicar el acuerdo alcanzado a los infractores (concediendo un plazo para la resolución del problema) . En último caso, si no se obtienen resultados, se puede interponer una demanda de cesación de la actividad que causa las molestias (art. 7.2 de la LPH). Sin embargo, dado el coste económico de este tipo de acciones, lo más recomendable es tramitar, a través de la Administración de Fincas, una negociación para resolver el problema lo más amigablemente posible.
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Fuente: g3fincas/prevent